La información proporcionada por las personas y demás fuentes obligadas, en los censos, las encuestas y demás medios de recolección de información desarrollados por el Dane, deberá ser veraz y presentarse en el plazo establecido, en el formato requerido y de forma gratuita.
Los particulares que· participen en los censos, encuestas u operaciones estadísticas realizadas por el Dane gozarán de los siguientes incentivos:
Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, el cual se disfrutará en el mes siguiente al día de la participación, de común acuerdo con el empleador.
Derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.
Para acceder a los beneficios el Dane deberá expedir un Certificado en el cual se acredite la participación y este se constituirá como plena prueba.