º . En el presupuesto de cada institución se deberán incluir, con la prelación aquí establecida, las siguientes partidas indicando las fuentes de financiación
El valor de los servicios personales, incluyendo las prestaciones sociales;
Las partidas necesarias para la atención del servicio de la deuda pública, tanto interna como externa;
Las partidas para dar cumplimiento a los contratos debidamente legalizados;
Las transferencias y gastos generales;
Las partidas de inversión.
Las partidas para dar cumplimiento a los contratos debidamente legalizados se incluirán en un anexo como justificación de los gastos de funcionamiento e inversión.