ArtÃculo 10 . Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. PublÃquese y cúmplase.
Decreto 3870 de 2006 →Vigente
Artículo 10
Decreto 3870 de 2006 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y se establecen las condiciones mínimas de calidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.