El Instituto seleccionará a sus funcionarios, conforme a sus necesidades, preferentemente dentro del personal que actualmente presta sus servicios en las dependencias mencionadas en el artículo 12 del presente Decreto.
Decreto 3154 de 1968 →Vigente
Artículo 17
El Instituto Seleccionará A Sus Funcionarios, Conforme A Sus Necesidades, Preferentemente Dentro Del Personal Que Actualmente Presta Sus Servicios En Las Dependencias Mencionadas En El Artículo 12 Del Presente Decreto
Decreto 3154 de 1968 · Por el cual se crean el Instituto Colombiano de Cultura y el Consejo Nacional de Cultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.