- Suscriptor. Suscriptor es la persona natural o jurídica que se ha vinculado a la sociedad en razón del contrato, y puede ser: Suscriptor favorecido por sorteo: Aquel que en asamblea anterior ha resultado favorecido en sorteo. Suscriptor favorecido por oferta: Aquel que ha ofrecido el mayor número de cuotas, y el bien o servicio le ha sido adjudicado. Suscriptor en mora: Aquel que ha dejado de cancelar una o varias cuotas en el plazo previsto para ello. Suscriptor al día: Es aquel que no se encuentra en los casos antes mencionados y por lo tanto puede participar en el sorteo y presentar ofertas. Suscriptor reemplazante: Es aquel que entra a ocupar el número de participación de un suscriptor no adjudicatario ya retirado. Suscriptor cesionario: Es aquel que ingresa al grupo en virtud de haber adquirido los derechos de un suscriptor a cualquier título. Número de participación: Es aquel que ha sido designado a un suscriptor en el momento de la inscripción y con el cual participará en las asambleas. Número de participación en blanco: Es aquel que no ha sido adjudicado desde la iniciación del plan.
Parágrafo.- Al suscriptor reemplazante y al suscriptor que entre a ocupar un número de participación en blanco, se les prorrogará el contrato por un término igual al número de cuotas que dejaron de pagar, sufriendo los reajustes en la misma proporción de la variación del precio del bien o servicio adjudicado, o podrá en cualquier momento cancelar al precio que tuviere el día de su cancelación las cuotas brutas avanzadas por el grupo, sin que éstas estén sujetas a reajuste debiendo terminar de cancelar la totalidad de las cuotas del plan a más tardar en la fecha de finalización del mismo.