º . Del límite de la base de cotización. Para efectos de la aplicación de la cotización de que trata el artículo anterior, la base de cotización tendrá un límite máximo de veinte (20) salarios mínimos legales vigentes. Las cotizaciones de los trabajadores cuya remuneración se pacte bajo la modalidad de salario integral se liquidará sobre el 70% de dicho salario, hasta el límite establecido en el inciso anterior.
Decreto 1814 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1814 de 1994 · por el cual se reglamenta el artículo 145 del Decreto-ley 1298 de 1994 de conformidad con el Acuerdo número 006 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y establece el monto de la cotización y el límite de la base de cotización en el Sistema General de Seguridad Social en Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.