Micelio

Artículo 39

Conforme Con El Procedimiento Establecido Para El Efecto Y Con La Competencia Que Le Asigna El Artículo 61 De La Ley 443 De 1998, Corresponde A La Comisión De Personal Solicitar Al Jefe De La Entidad La Exclusión De La Lista De Elegibles De Quien Figure En Ella Cuando Haya Comprobado Cualquiera De Los Siguientes Hechos: 1

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conforme con el procedimiento establecido para el efecto y con la competencia que le asigna el artículo 61 de la Ley 443 de 1998, corresponde a la Comisión de Personal solicitar al Jefe de la entidad la exclusión de la lista de elegibles de quien figure en ella cuando haya comprobado cualquiera de los siguientes hechos

1.

Fue admitido al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la respectiva convocatoria, aportó documentos falsos o adulterados para su inscripción o aparece en la lista de elegibles sin haber superado las pruebas del concurso.

2.

Fue suplantado por otra persona para la presentación de las pruebas previstas en el concurso.

3.

Conoció con anticipación las pruebas aplicadas.

Parágrafo

Todo lo anterior, sin perjuicio de las acciones adicionales de carácter disciplinario y penal a que hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1572 de 1998