Micelio

Artículo 39

Son Funciones De La División De Políticas Industriales: A)

Decreto 627 de 1974 · por el cual se reestructura el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Políticas Industriales: a). Promover y preparar, con la colaboración de las entidades oficiales correspondientes y los representantes del sector privado, los estudios que sirvan de base para la elaboración de los planes indicativos en el sector industrial, así como las políticas y programas del Gobierno en el mismo campo; b). Evaluar el desarrollo de los programas generales y específicos del sector industrial, la utilización por parte de las entidades pertinentes de los recursos de los programas de inversión, financiamiento externo y cooperación técnica internacional y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios; c). Preparar las instrucciones que debe dar el Departamento a las Oficinas de Planeación de las entidades del sector, para la preparación y presentación de los planes, programas y proyectos que a dichas entidades correspondan. d). Participar en la elaboración del presupuesto de inversiones de las entidades del sector, a través de los organismos respectivos y estudiar y evaluar su incorporación en los programas de desarrollo del país; e). Promover y evaluar estudios de factibilidad de inversiones en el sector industrial; f). participar en la elaboración de los conceptos que debe emitir el Departamento sobre las solicitudes de asistencia técnica, crédito externo y crédito interno, relacionados con el sector industrial; g). las demás que se le señalen o asignen. 2. División de Integración Económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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