º . El artículo 1º del Decreto 354 de 1994, quedara así: Artículo 1º. Destinatarios . El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas, criterios, técnicas y procedimientos para la evaluación y clasificación de los oficiales, miembros del nivel ejecutivo, suboficiales, agentes y personal no uniformado al servicio de la Policía Nacional.
Los oficiales generales no serán evaluados ni clasificados por este reglamento.
La evaluación de los alumnos de las escuelas de formación se regirá por disposiciones especiales, expedidas por la Dirección General de la Policía Nacional.