Micelio

Artículo 42

Indicadores Del Sispi Sobre El Proceso Y Resultado De La Salud Y El Buen Vivir

Decreto 968 de 2024 · por el cual se dictan normas para la administración y operatividad del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (Sispi) para el Territorio Indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Indicadores del Sispi sobre el proceso y resultado de la salud y el buen vivir . El Sipsalud deberá generar y garantizar el reporte del dato de forma clara, y precisa a partir de las herramientas de carácter cualitativo y cuantitativo definidas por el programa de salud regional del CRIC, para el monitoreo del proceso de cuidado, las condiciones que favorecen o limitan la salud y el buen vivir, y el funcionamiento del Sispi en el territorio. Estos indicadores serán de gestión y son insumos para orientar los procesos de seguimiento, vigilancia y control del Sispi.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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