Micelio

Artículo 1

Desde La Fecha Del Presente Decreto El Tesoro Nacional Podrá Reconocer, Con Cargo A Las Apropiaciones Del Ramo De Guerra, Hasta Las Siguientes Cantidades Por Concepto De Gastos De Inhumación Del Personal Que Fallezca Al Servicio, De Las Fuerzas Militaras, Y Que A Continuación Se Determina: A) Suboficiales De Los Grados De Sargento Segundo, Inclusive, En Adelante, Clases Técnicas De La Fuerza Aérea Y Clases De La Armada Nacional, Del Grado De Cabo Primero O Superiores, Hasta Una Cantidad Igual Al Valor De Un Toes Del Último Sueldo Básico Devengado; Y B) Personal Militar De Inferior Jerarquía Al Enumerado En El Punto Anterior, Y Personal De Empleados Civiles Con Sueldo Menor De $ 120 Mensuales, Basta Ciento Cincuenta Pesos ($150)

Decreto 2220 de 1949 · Por el cual se modifica el Decreto número 1551 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del presente Decreto el Tesoro Nacional podrá reconocer, con cargo a las apropiaciones del ramo de Guerra, hasta las siguientes cantidades por concepto de gastos de inhumación del personal que fallezca al servicio, de las Fuerzas Militaras, y que a continuación se determina

a)

Suboficiales de los grados de Sargento Segundo, inclusive, en adelante, Clases Técnicas de la Fuerza Aérea y Clases de la Armada Nacional, del grado de Cabo Primero o superiores, hasta una cantidad igual al valor de un toes del último sueldo básico devengado; y

b)

Personal militar de inferior jerarquía al enumerado en el punto anterior, y personal de empleados civiles con sueldo menor de $ 120 mensuales, basta ciento cincuenta pesos ($150).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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