El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural deberán identificar los contratos, convenios, acuerdos y procesos de contratación en curso que, por su objeto, deban continuar su ejecución por la Agencia de Desarrollo Rural. Para tal efecto, los representantes legales o los delegados de las entidades, suscribirán un acta con la relación de los contratos o convenios y formalizarán la respectiva subrogaciones en un tiempo no superior a un (1) mes, contado desde la fecha en que entre en operación al Agencia de Desarrollo Rural. Dichos contratos continuarán ejecutándose en los términos en los que hayan sido suscritos.
Decreto 2364 de 2015 →Vigente
Artículo 33
Subrogación De Contratos
Decreto 2364 de 2015 · por el cual se crea la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), se determinan su objeto y su estructura orgánica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.