Reglamento . Los fondos bursátiles deberán tener un reglamento que contenga, por lo menos, lo siguiente
Aspectos generales
Nombre completo, número de identificación y domicilio principal de la Sociedad Administradora del fondo bursátil;
El nombre del fondo, indicando que se trata de un fondo bursátil;
El índice objeto de réplica por el fondo bursátil;
Término de duración del fondo bursátil;
Sede principal donde se gestiona el fondo bursátil;
Naturaleza del patrimonio independiente y separado conformado por los activos entregados o transferidos a la Sociedad Administradora del fondo bursátil por parte del inversionista;
Indicación sobre la existencia de mecanismos que puedan proveer información para la toma de la decisión de inversión en el fondo bursátil;
Monto mínimo de suscriptores y de aportes requerido por el fondo bursátil para iniciar operaciones.
Definición de la política de inversión y los factores de riesgo del fondo bursátil.
Mecanismos de seguimiento y control del fondo bursátil, incluyendo información relacionada con los órganos de administración, asesoría y control establecidos en la presente Parte.
Constitución y redención de unidades de creación
Procedimiento para la constitución y redención de unidades de creación, incluyendo los activos y número de participaciones que conforman la unidad de creación, la permanencia en el fondo bursátil y el plazo para la redención de unidades de creación;
Porcentaje máximo de participación que un solo inversionista, por sí o por interpuesta persona, podrá poseer en el fondo bursátil;
Naturaleza y características de los valores que representan las participaciones;
La bolsa o bolsas de valores, o sistemas de negociación de valores en los cuales se inscribirán las participaciones;
Metodología o procedimiento técnico mediante el cual se establecerá las unidades de creación y las participaciones;
Descripción de los casos en los cuales los inversionistas pueden realizar la constitución y la redención de las unidades de creación en dinero.
Relación pormenorizada y precisa de los gastos a cargo del fondo bursátil, y la forma en que se cubrirán. Dentro de la descripción del gasto por la remuneración de la administración que percibirá la Sociedad Administradora del fondo bursátil y el gestor profesional, cuando a ello haya lugar, deberá establecerse en forma clara y completa la metodología de cálculo y la forma de pago. Así mismo, deberán relacionarse los criterios objetivos que la Sociedad Administradora del fondo bursátil aplicará para la escogencia y remuneración de intermediarios para la realización de operaciones del fondo bursátil, cuando resulte aplicable.
Tratamiento de los eventos corporativos que afecten los valores y su impacto en las unidades de creación, así como la forma en que se ejercerán los derechos políticos derivados de los mismos.
Facultades, derechos y obligaciones de la Sociedad Administradora del fondo bursátil y de los inversionistas.
Reglas aplicables a la asamblea de inversionistas, incluyendo los procedimientos para su convocatoria y las decisiones que podrá tomar.
Mecanismos de revelación de información del fondo bursátil, señalando los medios para su publicación.
Causales y procedimiento de liquidación del fondo bursátil.
El procedimiento para modificar el reglamento, teniendo en cuenta que las modificaciones deberán ser informadas previamente a la Superintendencia Financiera de Colombia, o aprobadas por esta en el evento que se presente modificación o afectación a los derechos económicos de los inversionistas.