Micelio

Artículo 5

Decreto 4211 de 2010 · por el cual se crea un Comité Interinstitucional en cumplimiento de una orden judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Coordinador del Comité . En los términos de la providencia del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo designará un coordinador, que provendrá de la Defensoría del Pueblo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4211 de 2010