° Con; base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976: Presupuesto de funcionamiento . MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Deuda Pública Nacional - CAPITULO 060 Dirección General de Crédito Público . Programa 156. Deuda interna. Clave funcional 510. Artículo 1732. Fondo de Monedas Extranjeras Base legal Decreto 294 de 1973 $ 519.483.400 Bonos Ley 21 de 1963 Artículo 1732 - A. Fondo de Monedas Extranjeras - Base legal Decreto 294 de 1963 4.290.600 Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Programa 641. Fomento industrial. Claves: Económica 583 Funcional 253. Inversión Indirecta . Recursos ordinarios I. Artículo 6356. Para entregar al Instituto de Fomento Industrial, con destino a la Corporación Andina de Fomento 54.119.000 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA CAPITULO 275 Ministerio de Minas, y Energía . Programa 652. Fomento Eléctrico Instituto Colombiano de Energía Eléctrica Claves: Económica 582. Funcional. 244. Inversión indirecta Recursos Ordinario 1. Artículo 6427 - A. Servicio de la Deuda Externa 61.396.000 Suman los créditos adicionales $ 659.289.000
Artículo 2
Con; Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1976: Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 1174 de 1976 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 (Departamento Nacional de Planeación, Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia - Trabajo y Seguridad Social, Desarrollo Económico, Minas y Energía y Educación Nacional), por $ 659.289.000.00
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.