Micelio

Artículo 2

Decreto 3142 de 1953 · Por el cual se concede un auxilio y se abren unos créditos adicionales, -suplementales y extraordinarios-, al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional y de Obras Públicas)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de quinientos noventa y dos mil doscientos dos pesos con cuarenta y seis centavos ($ 592.202.46) moneda corriente, que se incorporará con imputación a los siguientes numerales: Rentas de Imposición. c) Tasas y multas. Numeral 59. Contribución de los bancos y entidades sujetas al control de la Superintendencia Bancaria, para el sostenimiento de la misma $ 248.701.18 Rentas Ocasionales. Numeral 127. Depósito constituido en 1948 por anticipos hechos por el Banco de la República por concepto de recaudos de impuesto de timbre y residentes sobre operaciones de cambio internacional 240.935.00 Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 130. Cancelación de reservas en el Balance de la Nación 102.566.28 Total $ 592.202.46

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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