A partir de la vigencia de la presente Ley, el Banco de la República liquidará, recaudará y pagará a favor de cada municipio en cuyo territorio se adelanten explotaciones de oro, un tres por ciento (3%) del valor total que por onza Troy fina pague a los productores.
Ley 53 de 1986 →Vigente
Artículo 1
Ley 53 de 1986 · Por la cual se modifica el Decreto-ley número 1245 de 1974 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.