Micelio

Artículo 2.4.3.7.2.6

Prevención Temprana De La Delincuencia Juvenil

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prevención temprana de la delincuencia juvenil. El Sistema Nacional de Juventud, en coordinación con las gobernaciones y alcaldías, diseñará e implementará estrategias dirigidas a la prevención de la utilización o vinculación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en actividades ilícitas. Las estrategias diseñadas deberán adecuarse a las condiciones sociales, económicas y culturales, a la vocación territorial y poblacional de cada contexto.

Parágrafo

Los programas desarrollarán estrategias para incluir a las familias como corresponsables en la implementación de las estrategias de prevención temprana, dada su responsabilidad en la crianza de los jóvenes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015