° Los estudiantes que disfruten del servicio de divisas extranjeras deberán
1.
Tener su domicilio permanente en Colombia.
2.
Ser estudiantes de tiempo completo.
3.
Comprometerse a regresar la país cuando terminen sus estudios.
Los Estudiantes Que Disfruten Del Servicio De Divisas Extranjeras Deberán: 1
Decreto 1580 de 1972 · Por el cual se dictan normas sobre la autorización de giros en divisas extranjeras para estudiantes colombianos en el exterior
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Los estudiantes que disfruten del servicio de divisas extranjeras deberán
Tener su domicilio permanente en Colombia.
Ser estudiantes de tiempo completo.
Comprometerse a regresar la país cuando terminen sus estudios.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.