Micelio

Artículo 1

Decreto 542 de 2000 · Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo "por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 322 de la Constitución Política de Colombia"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Ordénase la publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 40 de 1999 Cámara, 12 de 1999 Senado, "por el cual se modifica el inciso 1º del artículo 322 de la Constitución Política de Colombia" cuyo texto es el siguiente: «Proyecto de Acto Legislativo "por el cual se modifica el inciso lo del artículo 322 de la Constitución Política de Colombia" (aprobado en primera vuelta) El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1°. El inciso lo del artículo 322 de la Constitución Política quedará así: Bogotá, Capital de la República de Colombia y del Departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital. Artículo 2°. El presente acto legislativo rige a partir de su promulgación. El Presidente del honorable Senado de la Republica, Miguel Pinedo Vidal. El Secretario General del honorable Senado de la Republica, Manuel Enríquez Rosero. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Armando Pomárico Ramos. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Gustavo Bustamante Morato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 542 de 2000