Por regla general los órganos de dirección, administración y vigilancia de la Junta tomarán decisiones válidas por la mayoría de los miembros con que se instalaron. Si hay más de dos alternativas, la que obtenga el mayor número de votos será válida si la suma total de votos emitidos, incluyendo la votación en blanco, es igual o superior a la mitad más uno de los miembros con que se formó el quórum deliberatorio. En caso de empate en dos votaciones válidas sucesivas sobre el mismo objeto, los miembros determinarán la forma de dirimirlo.
Decreto 1930 de 1979 →Vigente
Artículo 19
Por Regla General Los Órganos De Dirección, Administración Y Vigilancia De La Junta Tomarán Decisiones Válidas Por La Mayoría De Los Miembros Con Que Se Instalaron
Decreto 1930 de 1979 · Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 1° literal f) del decreto 126 de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.