º . La Empresa Puertos de Colombia, Colpuertos, de conformidad con la implementación gradual del proceso de liquidación, permitirá que los operadores portuarios de que trata el presente Decreto, puedan realizar las actividades inherentes a los mismos, dentro de las instalaciones de esa Empresa.
Decreto 2091 de 1992 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 2091 de 1992 · Por el cual se reglamenta la actividad de los Operadores Portuarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.