Micelio

Artículo 2

Decreto 1277 de 1999 · por el cual modifican transitoriamente los requisitos para el funcionamiento de las empresas prestadoras del servicio de ambulancia prepagado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez cumplido el término previsto en el artículo anterior, las nuevas empresas que se constituyan deberán adecuarse a las previsiones del Decreto 1570 de 1993 y demás normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1277 de 1999