Los $ 200,000 apropiados por la lei 53, hecha la deduccion de que trata al parágrafo único del artículo 15 capítulo único, gastos vanos, del Departamento de Beneficencia i Recompensas, lei 62, se pondrán oportunamente a disposición de la Asamblea Lejislativa del Estado de Santander, para que sean distribuidos entre las poblaciones que sufrieron pérdidas por consecuencia del terremoto de Cúcuta, conforme a las reglas que dicte dicha Lejislatura.
Decreto 289 de 1875 →Vigente
Artículo 2
Decreto 289 de 1875 · Sobre ausilio a las familias pobres i a las poblaciones del Departamento de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.