Micelio

Artículo 117

En Caso De Que Se Presentare Enfermedad Que Determine La Suspensión Del Castigo, El Oficial De Servicio O Guardia Queda Facultado Para Suspenderlo, Dando Aviso Inmediato Al Superior Que Lo Hubiere Impuesto

Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que se presentare enfermedad que determine la suspensión del castigo, el Oficial de Servicio o Guardia queda facultado para suspenderlo, dando aviso inmediato al superior que lo hubiere impuesto. quinta parte DE LOS RECLAMOS CAPITULO I Alcance.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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