FUNCIONES DE LA DIVISION. Son funciones de la División Especial de Corporaciones Regionales
Coordinar la elaboración de las políticas generales, planes y programas de las Corporaciones.
Procurar la armonización de las políticas, planes y programas de las Corporaciones con los planes regionales y las políticas generales de desarrollo. 3 Evaluar los planes y programas adoptados y sugerir las modificaciones que se estimen convenientes. 4. Asesorar a las Corporaciones en la elaboración de sus proyectos de presupuesto anual. 5. Emitir concepto sobre el proyecto de presupuesto anual de inversiones que las Corporaciones sometan a consideración de la Unidad de Finanzas Públicas. 6. Estudiar y analizar los informes periódicos y ocasionales que presenten las Corporaciones, sobre las actividades desarrolladas, su situación general de la entidad y las medidas adoptadas. 7. Dar concepto sobre los planes y programas que las Corporaciones sometan a la consideración del Departamento Nacional de Planeación. 8. Asesorar al jefe del Departamento y a sus delegados para su actuación en las Juntas o Consejos Directivos de las Corporaciones. 9. Estudiar las solicitudes de aportes financieros especiales del Gobierno y su concordancia con los planes sectoriales de desarrollo. 10. Velar por que los actas División de las Corporaciones se ciñan a las normas legales y estatutarias. 11. Evaluar el funcionamiento de las Corporaciones, con el propósito de recomendar las modificaciones que se consideren necesarias para el cumplimiento de sus objetivos y funciones en el campo del desarrollo regional y urbano. 12. Coordinar la acción de las Corporaciones respecto de los fenómenos de urbanización, con el fin de preservar el uso agrícola de las tierras en aquellos centros cuya expansión urbana se considere inconveniente. UNIDAD DE DESARROLLO REGIONAL