A juicio del Tribunal Nacional de Ética en Desarrollo Familiar y de la Comisión Regional de Ética en Desarrollo Familiar, contra las faltas deontológicas y éticas proceden las siguientes sanciones:
Amonestación verbal de carácter privado.
Amonestación escrita de carácter privado.
Censura escrita de carácter público.
Suspensión temporal del ejercicio profesional hasta por dos (2) años.
Inhabilitación permanente del registro profesional o tarjeta profesional para el ejercicio de la profesión.