º . Para los efectos del presente Decreto, entiéndese por Sistema de Información Automatizado el conjunto de programas, datos contenidos en archivos o documentos, y equipos de procesamiento de datos que interactúan entre sí, con la intervención de personas de acuerdo con normas y procedimientos preestablecidos, con el fin de suministrar la información que se requiera en los organismos del sector público para la planeación, la dirección, la toma de decisiones, la ejecución y el control de sus funciones.
Decreto 260 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 260 de 1988 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 131 de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.