Son funciones de la División de Inspección: a). Programar, para aprobación del Superintendente, las visitas a las dependencias adscritas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y velar por su cumplimiento y desarrollo; b). Organizar y desarrollar los sistemas técnicos de las visitas, con el objeto de que ellas permitan apreciar el cumplimiento de las normas legales y el estado financiero de la entidad vigilada; c). Impartir instrucciones a los visitadores y velar por el desarrollo eficaz de las labores asignadas a cada comisión; y d). Las demás que le señale el Superintendente. Sección de Visitadores.
Decreto 125 de 1976 →Vigente
Artículo 45
Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.