Micelio

Artículo 3

Decreto 922 de 2005 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoría General de la República y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Auditor Auxiliar. A partir del 1º de enero de 2005, el Auditor Auxiliar de la Auditoría General de la República tendrá derecho a una remuneración mensual de nueve millones seiscientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y tres pesos ($9.653.583) moneda corriente, distribuidos así: asignación básica, cuatro millones novecientos cincuenta y dos mil setecientos noventa y dos pesos ($4.952.792) moneda corriente; gastos de representación, un millón doscientos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y ocho pesos ($1.253.838) moneda corriente; prima de alta gestión, novecientos noventa mil quinientos cincuenta y ocho pesos ($990.558) moneda corriente y prima técnica, dos millones cuatrocientos setenta y seis mil trescientos noventa y cinco pesos ($2.476.395) moneda corriente. Las primas técnica y de alta gestión no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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