Micelio

Artículo 6

Son Funciones De La Asociación Canina Colombiana: A) Reglamentar La Forma Operativa De Las Exposiciones Y Concursos Caninos Que Tengan Carácter Nacional O Regional Unificado Los Sistemas De Puntaje, De Otorgamiento De Campeonatos Y Señalando Normas Para La Calificación; B) Reglamentar El Otorgamiento De Licencias A Jueces Nacionales; C) Reglamentar La Manera De Llevar Y Reconocer Los Libros Genealógicos, Con El Fin De Lograr Su Unificación; D) Reglamentar La Creación Y Funcionamiento Armónico De Las Entidades O Clubes De Raza Autorizando Su Funcionamiento; E) Rendir Anualmente Al Ministerio De Agricultura Un Informe Sobre Sus Actividades

Decreto 1025 de 1967 · Por el cual se modifica el Decreto número 286 de 1967

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la Asociación Canina Colombiana

a)

Reglamentar la forma operativa de las exposiciones y concursos caninos que tengan carácter nacional o regional unificado los sistemas de puntaje, de otorgamiento de campeonatos y señalando normas para la calificación;

b)

Reglamentar el otorgamiento de licencias a jueces nacionales;

c)

Reglamentar la manera de llevar y reconocer los libros genealógicos, con el fin de lograr su unificación;

d)

Reglamentar la creación y funcionamiento armónico de las entidades o clubes de raza autorizando su funcionamiento;

e)

Rendir anualmente al Ministerio de Agricultura un informe sobre sus actividades.

f)

Autorizar la celebración de exposiciones;

g)

Absolver las consultas que el Ministerio de Agricultura le solicite en cualquier momento y sobre las materias que este le señale;

h)

Ejercer el control y vigilancia acerca de las actividades que desarrollen los clubes y demás entidades caninas que funcionen en el país,

i)

Dictar su propio reglamento,

j)

Las demás que le señale el Gobierno Nacional

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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