Micelio

Artículo 2.2.10.42.4

Bonos Pensionales

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bonos Pensionales . El reconocimiento y pago de los bonos y cuotas partes de bonos pensionales correspondiente a tiempos laborados en el Ministerio de Comunicaciones (Hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), con anterioridad al 1° abril de 1994, estarán a cargo de este Ministerio. El reconocimiento y pago de los bonos y cuotas partes de bonos pensionales correspondiente a tiempos laborados en el extinto Focine, con anterioridad al 1° abril de 1994 estarán a cargo de la Nación, Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando estén incluidos en el cálculo actuarial. En caso contrario, estarán a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El reconocimiento y pago de la concurrencia de los bonos y cuotas partes de bonos pensionales emitidos o por emitir a cargo de las entidades señaladas en el presente capítulo, correspondiente a tiempos laborados con posterioridad al 1° de abril de 1994, estará a cargo de Nación - Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando estén incluidos en el cálculo actuarial. En caso contrario, estarán a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Parágrafo

Para los efectos mencionados en el presente artículo, el Patrimonio Autónomo de Caprecom en liquidación y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán entregar a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público toda la información relativa a los bonos pensionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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