Obligaciones de los depositarios provisionales de semovientes . Los depositarios provisionales de semovientes tendrán las obligaciones que para cada caso defina el Administrador del Frisco en su metodología de Administración, la cual en todo caso, deberá tener en cuenta para su definición lo siguiente
Llevar un libro en el cual registre el movimiento de animales y novedades sobre los mismos, con anotación completa y detallada de nacimientos, muertes y pérdidas si las hubiere, con una breve explicación sobre los hechos.
Llevar un libro de compras donde se registren de manera cronológica las compras de medicamentos veterinarios, vacunas, sales y demás insumos necesarios para la actividad, las cuales deberán estar debidamente soportadas con las facturas de compra.