Micelio

Artículo 12

Decreto 219 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección General de Industria . Son funciones de la Dirección General de Industria, las siguientes

1.

Dirigir las investigaciones y análisis necesarias para el diseño, formulación y evaluación de la política industrial y tecnológica y adopción de planes y programas que se deban ejecutar.

2.

Asesorar al Ministro en el diseño y formulación de una política de empleo para el sector industrial.

3.

Fomentar investigaciones en los diferentes subsectores manufactureros con el fin de analizar la incidencia de la política macroeconómica en el sector industrial y tecnológico y proponer las recomendaciones pertinentes.

4.

Fomentar la investigación conjunta entre las entidades pertenecientes al sector productivo y los centros de investigación pública, privados y mixtos, asegurando una adecuada transparencia para la creación de nuevos procesos o productos.

5.

Estudiar y proponer el desarrollo de instrumentos financieros con el fin de asegurar la disponibilidad de recursos destinados a la promoción de investigación y desarrollo tecnológico.

6.

Diseñar estrategias específicas para el desarrollo de los sectores industriales que así lo requieran, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo y para fomentar la micro, pequeña y mediana empresa.

7.

Apoyar en la elaboración del plan nacional para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico, dentro del marco de las leyes sobre ciencia y tecnología.

8.

Brindar apoyo técnico en la creación y modernización de sistemas y redes nacionales e internacionales de información que contribuyan a la transferencia de tecnología.

9.

Dirigir y coordinar los estudios para asesorar al Ministro en la determinación de los sectores de la actividad industrial que se deban someter al régimen de control de precios en cualquiera de sus modalidades.

10.

Coordinar con las entidades pertinentes la reglamentación de la propiedad industrial y los derechos de autor y asesorar al Ministro en la participación en las discusiones de los acuerdos y convenios internacionales.

11.

Servir de Secretaría Técnica y prestar el apoyo requerido a los Consejos Consultivos - Asesores Nacionales, Comités o Comisiones existentes o que se creen en materia de industria, desarrollo tecnológico, industrial y calidad y demás que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Ministerio.

12.

Las demás inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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