Salarios mensuales para bonos tipo A modalidad 1 . Para los períodos cotizados al ISS o a Colpensiones, se tomarán los salarios base de cotización mensual a dicha entidad que aparezcan en el archivo laboral masivo suministrado por Colpensiones, salvo que el trabajador, a través de su administradora de pensiones, aporte prueba en contrario, prueba que estará constituida por una certificación individual de Colpensiones expedida en los términos de los artículos 2.2.16.2.1.6., 2.2.16.7.4. y 2.2.9.2.1. del presente decreto. Para edades no enteras, se interpolará entre los SMN correspondientes a los cumpleaños inmediatamente anterior y posterior. (Decreto 1748 de 1995, artículo 26)
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.16.2.2.2
Salarios Mensuales Para Bonos Tipo A Modalidad 1
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.