En los casos citados en el artículo anterior, 1a oficina destinataria dará estricto cumplimiento a las instrucciones que haya expresado el remitente en el reverso del boletín de expedición, acerca del curso que deba imponerse a la encomienda si no puede ser entregada al destinatario. Sí faltan tales instrucciones, las encomiendas caídas en rezago se devolverán sin pérdida de tiempo a la oficina de origen, con el sello o anotación respectiva indicando el motivo de la devolución.
Decreto 85 de 1927 →Vigente
Artículo 75
En Los Casos Citados En El Artículo Anterior, 1a Oficina Destinataria Dará Estricto Cumplimiento A Las Instrucciones Que Haya Expresado El Remitente En El Reverso Del Boletín De Expedición, Acerca Del Curso Que Deba Imponerse A La Encomienda Si No Puede Ser Entregada Al Destinatario
Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.