Articulo primero . Aprobar con modificaciones el Acuerdo número 02 de octubre 27 de 1982, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gatos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el periodo fiscal de 1983. ACUERDO NÚMERO 02 DE 1982 (octubre 27) por el cual se fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia. El Consejo Intendencial de Arauca, en uso de sus atribuciones legales, A C U E R D A; PRIMERAPARTE PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Articulo 1° Fijase el computo de las Rentas e Ingresos del Tesoro Intendencial para el periodo fiscal de 1983, en la cantidad de ciento treinta millones setecientos setenta mil diez y ocho pesos ($ 130.770.018) moneda corriente, según los siguientes pormenores: CAPITULO I Ingresos Corrientes 130.770.014 INGRESOS TRIBUTARIOS $ 105.910.000 A. Impuestos directos 210.000 02 Circulación y transito 200.000 03 Otros impuestos directos 10.000 B. Impuestos indirectos 105.700.000 05 Tabaco 28.003.000 06 Cervezas 41.000.000 07 Degüello ganado mayor 600.000 09 Cigarrillos extranjeros 200.000 10 Licores y vinos extranjeros 2.000.000 11 Licores y vinos nacionales 33.000.000 13 Otros impuestos indirectos 900.000 INGRESOS NO TRIBUTARIOS $ 24.860.014 A. Tasas por servicios 11.002.000 15 Energía 11.000.000 19 Alquiler de maquinaria 1.000 21 Alquiler avioneta 1.000 B. Rentas ocasionales 301.270 22 Multas 70.000 23 Reintegros 1.270 24 Aprovechamientos 200.000 25 Venta de formularios 30.000 C. Rentas contractuales 271.201 28 Arrendamientos 271.200 31 Otras rentas contractuales 1 D. Aportes y participaciones 13.285.543 33 Cánonessuperficiarios de arrendamientos 1 34 Participación regalías petrolíferas 1 35 Cuenta de estabilización de precios derivados del petróleo - Electrificadoras 10.500.000 36 Participación impuesto a las ventas 1 38 Trasferencia FER 2.780.540 CAPITULO II Recursos de capital 4 RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO $ 4 A. Saldo vigencias expiradas 1 51 Superaivit 1 B. Recursos del crédito 2 54 Interno 1 55 externo 1 C. Ventas de activos 1 38 Maqninaria 1 Total presupuesto de rentas e ingresos 130,.770.018 SEGUNDA PARTE PRESUPUESTO DE GASTOS Artículo 2 Aprópiase para atender los gastos del Gobierno Intendencial, durante el periodo fiscal de 1983, una suma igual a la del cálculo anterior, distribuido así: CAPITULO III Gastos de funcionamiento. CONSEJO INTENDENCIAL A. Servicios personales $ 743.200 1 Dietas 640.000 2 Sueldos del personal de nomina (2 ½ meses) 78.000 3 Gastos de representación 20.000 8 Prima de Navidad 5.200 B. Gastos generales $ 600.000 17 Compra de equipo 300.000 18 Viáticos y gastos de viaje 300.000 Total Consejo Intendencial 1.343.200 DESPACHO INTENDENCIAL A. Servicios personales 5.101.998 2 Sueldos del personal de nomina 2.832.000 3 Gastos de representación 366.000 4 Honorarios 1.000.000 8 Prima de Navidad 315.539 9 Prima técnica 73.200 10 Prima de vacaciones 151.459 11 Prima semestral 145.400 14 Prima de vuelo 218.400 B. Gastos generales 1.570.000 16 Mantenimiento y seguros 50.000 17 Compra de equipo 100.000 18 Viáticos y gastos de viaje 600.000 19 Comunicaciones y transportes 30.000 21 Materiales y suministros 60.000 22 Impresos y publicaciones 120.000 26 Gastos de orden publico 500.000 27 Gastos especiales 100.000 28 Gastos varios e imprevistos 10.000. Total Despacho Intendencial 6.671.998 SECRETARIA DE GOBIERNO A. Servicios personales 6.217.833 2 Sueldos del personal de nómina 5.070.000 3 Gastos de representación 219.000 8 Prima de navidad 478.249 10 Prima de vacaciones 229.584 11 Prima semestral 220.400 B. Gastos generales 570.000 16 Mantenimiento y seguros 40.000 17 Compra de equipo 100.000 18 Viáticos y gastos de viaje 300.000 19 Comunicaciones y transportes 50.000 21 Materiales y suministros 70.000 28 Gastos varios e imprevistos 10.000 C. Transferencias 680.000 b) Pago a otras entidades el sector público 35 Pagos servicios Policía Nacional 50.000 36 Pago servicio DAS 50.000 d) Otras transferencias 54 Raciones y traslado de presos 150.000 55 Gastos de protección indígena 200.000 59 Celebración Día del Campesino 200.000 61 Celebration festividades patrias 30.000 SECCION ALCALDIAS, CORREGIMIENTOS E INSPECCIONES DE POLICIA A. Servicios personales 13.260.960 2 Sueldos personal de nomina 11.061.600 8 Prima de Navidad 1.020.074 9 Prima técnica 219.600 10 Prima de vacaciones 489.636 11 Prima semestral 470.050 B. Gastos generales 825.000 17 Compra de equipo 400.000 18 Viáticos y gastos de viaje 170.000 19 Comunicaciones y transportes 30.000 21 Materiales y suministros 150.000 23 Arrendamientos 75.000 Total Secretaria de Gobierno 21.553.843 SECRETARIA DE HACIENDA A. Servicios personales 8.624.999 2 Sueldos del personal de nomina 6.891.600 3 Gastos de representación 219.600 8 Prima de Navidad 649.632 9 Prima técnica 73.200 10 Prima de vacaciones 311.823 11 Prima semestral 299.350 12 Indemnización por vacaciones 100.794 13 Reconocimiento por entrega de oficina 79.000 B. Gastos generales 2.240.600 16. Mantenimiento y seguros 70.000 17 Compra de equipo 400.000 18 Viáticos ygastos de viaje 500.000 19 Comunicaciones y transportes 10.000 20 Servicios públicos 600.000 21 Materiales y suministros 500.000 25 Pago por primal de pólizas de manejo 150.000 28 Gastos varios e imprevistos 10.000 C. Transferencias 18.684.412 a) Pago de Previsión Social 30 Aporte patronal Caja de Previsión Social 4.144.403 32 Cesantías 4.317.086 b) Pago a otras entidades del sector público 39 ICBF 894.515 41 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 6.111.000 Distribución: Saravena $ 1.973.853 Tame 1.478.862 Arauquita 1.081.647 Arauca 1.014.426 Puerto Rondón 317.772 Cravo Norte 244.440 c) Pagos a particulares y organismos privados 46 Aporte a Caja de Compensación Familiar 2.622.408 48 Aporte a COINCO Programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales) 300.000 d) Otras transferencias 57 Aguinaldo del Niño Pobre 150.000 58 Auxilio gente de escasos recursos 50.000 60 Auxilio a leprosos 90.000 68 Auditaje Fiscal 50.000 D. Servicio de la deuda 1.988.685 86 Bancos 847.000 87 Deudas a COINCO 1.141.684 88 Saldo deudas vigencias expiradas 1 Total Secretaria de Hacienda 31.538.093 SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS A. Servicios personales 15.872.433 2 Sueldos del personal de nómina 11.968.000 3 Gastos de representación 219.600 6 Jornales 1.168.000 8 Prima de Navidad 1.220.957 9 Prima técnica 146.400 10 Prima de vacaciones 586.059 11 Prima semestral 562.617 B. Gastos generales 3.710.000 16 Mantenimiento y seguros 500.000 17 Compra de equipo 150.000 18 Viáticos y gastos de viaje 1.000.000 19 Comunicaciones y transportes 50.000 21 Materiales y suministros 2.000.000 23 Gastos varios e imprevistos 10.000 Total Secretaria de Obras Públicas 19.582.433 SECRETARIA DE PLANEACION Y DESARROLLO A. Servicios personales 2.129.992 2 Sueldos del personal de nomina 1.446.000 3 Gastos de representación 219.600 8 Prima de Navidad 163.846 9 Prima técnica 146.400 10 Prima de vacaciones 78.646 11 Prima semestral 75.500 B. Gastos generales 170.000 16 Mantenimiento y seguros 30.000 17 Compra de equipo 50.000 13 Viáticos y gastos de viaje 50.000 21 Materiales y suministros 30.000 28 varios a imprevistos 10.000 C. Transferencia 200.000 Otras transferencias 67 Organización y funcionamiento Comité de Planeación 200.000 Total Secretaria de Planeación y Desarrollo 2.499.992 SECRETARIADE EDUCACION A. Servicios personales 1.513.564 2 Sueldos del personal de nómina 1.068.000 3 Gastos de representación 219.600 8 Prima de Navidad 116.428 10 Prima de vacaciones 55.886 11 Prima semestral 53.650 B. Gastos generales 891 976 16 Mantenimiento y seguros 100.000 17 Compra de equipo 281.976 18 Viáticos y gastos de viaje 200.000 19 Comunicaciones y transportes 100.000 21 Materiales y suministros 200.000 28 Gastos varios e imprevistos 10.000 C. Transferencias 380.000 d) Otras transferencias 56 Auxilio banda de músicos 300.000 69 Concursos estudiantiles 80.000 Total Secretaria de Educación 2.785.540 Total gastos de funcionamiento 85.975.102 RESUMEN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO A. Servicios personales 53.465.029 B.Gastos generales 10.576.976 C. Transferencias 19.944.412 D. Servicio de la deuda 1.988.685 Total 85.975.102 CAPITULOIV CASTOS DE INVERSION PROGRAMA II HACIENDA Unidad ejecutora: Secretaria de Hacienda $ 1.700.000 INVERSION DIRECTA 1.700.000 Subprograma 201. Compra de certificados de aportación COINCO 200.000 Proyecto: 1.COINCO 200.000 Subprograma 208. Sistemas de información y Procesamiento de datos 1.500.000 Proyecto
Suministro, instalación y funcionamiento equipo de computación 1.500.000 PROGRAMA III OBRAS PÚBLICAS Unidad ejecutora: Secretaria de Obras Publicas 42.394.916 INVERSION DIRECTA 28.135.916 Subprogram 302. Conservación carreteras y calles 2.905.916 Proyectos: 1. Carretera Fortul-Tame 500.000
Calles de Arauca 755.916
Canes de Arauquita 200.000
Calles de Tame 200.000
Calles de Saravena 350.000
Calles de Cravo Norte 200.000
Calles de Puerto Rondon 200.000
Canes de Fortul 100.000
Carretera Arauquita-La Esmeralda-Laprimavera 200.000
Calles de Puerto Nariño 100.000
Calles de La Esmeralda 100.000 Subprograma 304. Conservación puentes 300.000 Proyecto: 1. Puente Todos Los Santos 300.000 Subprograma 307. Conservación aeropuertos 700.000 Proyectos: 1. Aeropuerto Puerto Rondon 400.000 2. Aeropuerto Cravo Norte 300.000 Subprograma 311. Remodelación y reparación plazas de mercado 430.000 Proyecto: 1. Plazas de mercado en el territorio 430.000 Subprograma 315. Remodelación y reparación mataderos 400.000 Proyecto: 1. Mataderos en el territorio 400.000 Subprograma 326. Colocación redes eléctricas 1.000.000 Proyecto: 1. Redes eléctricas en el territorio 1.000.000 Subprograma 327. Reparación y mantenimiento plantas y equipos eléctricos 800.000 Proyecto: 1.Plantas en el territorio 800.000 Subprograma 330. Construcción, ampliación acueductos y alcantarillados 1.000.000 Proyecto: 1. Contrapartida convenio agua para todos Aporte Centro Gaviotas 1.000.000 Subprograma 339. Compra de combustible para generación de energía eléctrica 17.600.000 Proyectos: 1. Contrato CADAFE 10.000.000 2. Plantas intendenciales 7.600.000 Subprograma 340. Reparación y mantenimiento maquinaria de obras públicas 3.000.000 Proyecto: 1. Maquinaria de obras públicas intendenciales 3.000.000 INVERSION INDIRECTA $ 14.259.000 Subprograma 381. Aporte para fondo especial de obras públicas municipales y corregimentales previa aprobación de DAINCO 14.209.000 Proyectos: 1. Construcción edificio para acueducto municipal, Saravena 300.000 2. Construcción puente colgante confluencia río Banadia y Calafita, Junta de Acción Comunal Guadualitos, Saravena 300.000 3. Ampliación colegio Villa Cecilia, Junta de Acción Comunal Charo Bajo, Saravena 300.000 4. Mantenimiento carreteable La Horqueta vereda La Unión, Saravena 250.000 5. Mantenimiento carreteable La Ye, Remolino en la Isla del Charo, Saravena 200.000 6. Mantenimiento carreteable troncal a la vereda San Rafael del Banadia, Saravena 200.000 7. Mantenimiento carreteable La Ye, Pto. Contreras en la Isla del Charo, Saravena 130.000 8. Mantenimiento carreteable cano Rojo, La Chucua, Saravena 200.000 9. Mantenimiento carreteable caño Rojo, Los Comuneros, Saravena 200.000 10. Ampliación acueducto vereda el Pescado, Saravena 200.000 11. Ampliación acueducto de Barrancones, Saravena 200.000
Construcción puente Homaca, vereda. San Miguel, Saravena 150.000
Construcción puente quebrada La Colorada, vereda La Granada, Saravena 200.000
Mantenimiento carreteable El Troncal a la vereda Agua Santa, Saravena 150.000
Mantenimiento carreteable puente Madre Vieja, a la vereda Pto. Rico, Saravena 100.000
Construcción edificio Inspección de Policía Barrancones, Arauca 200.000
Construcción puente Hamaca,quebrada La Pava, Saravena 100.000
Mantenimiento escuela La Boyavá, Saravena 50.000
Carreteable Alto Satocá, Saravena 50.000
Electrificación Saravena 470.000
Construcción edificio administrativo de Fortul, Tame 500.000
Reparación calles de Betoyes, Tame 200.000
Construcción carreteable Coronal-Pto. Nidia, Tame 250.000
Construcción Centro Deportivo de Pto. Nariño, Tame 250.000
Reparación escuela Junta de Acción Comunal vereda La Soledad, Tame 100.000
Construcción Parque Central Puerto Nariño, Tame 250.000
Construcción carreteable Tame-Rondon 450.000
Mantenimiento carreteable Tame-La Soledad 350.000
Construcción terraplén Matarrala, Tame, Rondón 100.000
Construcción y dotación ancianato, Tame 150.000
Construcción cancha de baloncesto Tame, Junta de Acción Comunal barrio Las Ferias, Tame 200.000
Construcción carreteable Tame-Rincón hondo 300.000
Mantenimiento carreteable Los Chorros-La Paz, Arauquita 200.00
Construcción puente sobre caño Drenaje vía Arauquita-La Pica, Arauquita 250.000
Construcción carreteable San Rafael, Aguachica, Arauquita. 250.000
Construcción carreteable Los Pájaros-Bocas de Jujú-La Esmeralda, Arauquita 300.000
Mantenimiento carreteable Arauquita-El Troncal 200.000
Construcción puente Hamaca, caño Jujú, área urbana La Esmeralda, Arauquita 150.000
Construcción edificio administrativo La Esmeralda, Arauquita 500.000
Construcción escuela vereda La Cristalina, Arauquita 100.000
Mantenimiento carreteable La Ceiba-La Esmeralda, Arauquita 150.000
Construcción carreteable Mata de Cacao-Aguachica, Arauquita 300.000
Construcción servicios sanitarios colegio Cristóbal Colon, Pto. Rondón 100.000
Construcción servicios sanitarios colegio Maria Inmaculada, Pto. Rondón 100.000
Construcción puentes caño Tres Matas, vereda Marrero, Pto. Rondon 150.000
Construcción terraplén de acceso al puente Mata de Palma 320.000
Mantenimiento vía Rondon-Tame, en el sector La Virgen 200.000
Construcción edificio administrativo San Rafael de los Llanos, Cravo Norte 269.000
Reparación planchon sobre el rió Casanare, Cravo Norte 250.000
Obras de fomento acueducto Cravo Norte 350.000
Construcción terraplén de acceso al puente La Saya-vía Arauca-La Saya 500.000
Construcción puente sobre el caño Honotal, vereda San Pablo, Arauca 350.000
Construcción edificio ancianato de Arauca 200.000
Reparación Matadero Municipal Arauca 300.000
Construcción planchon metálico para caño Cabuyare, Inspección de Cabuyare, Arauca 800.000 EDUCATIVO PROGRAMA IV Unidad ejecutora: Secretaria de Educación 700.000 INVERSION DIRECTA 500.000 Subprogramas 404. Fomento educativo 500.000 Proyecto: 1. Becas estudiantiles 500.000 INVERSION INDIRECTA 200.000 Subprograma 451. Capacitación y crédito educativo 200.000 Proyecto 1 1. Aporte ICETEX 200.000 Total gastos deinversión 44.794.916 Total presupuesto de gastos 130.770.018 RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS Funcionamiento Inversión Total Consejo Intendencial 1.343.200 1.343.200 Despacho Intendencial 6.671.998 6.671.998 Secretaria de Gobierno 21.553.843 21.553.843 Secretaria de Hacienda 31.538.096 1.700.000 33.2380.96 Secretaria de Obras Públicas 19.582.433 42.394.916 61.977.349 Secretaria de Planeación y Desarrollo 2.499.992 2.499.992 Secretaria de Educación 2.785.540 700.000 3.485.540 Total………………………………………………..$ 85.975.102 44.794.916 130.770.018 DISPOSICIONES• GENERALES Articulo 3° El Único ordenador de gastos será, el Intendente. Articulo 4° Ningún pago podrá ser efectuado sin la refrendación de los documentos que lo originan por parte de la Auditoria Fiscal Regional. Articulo 5° La partida autorizada; para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado. Articulo 6° Ningún funcionario de la intendencia podrá efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravención de esta norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las saciones administrativas y/o penales que les correspondan. Articulo 7° La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas. Articulo 8° Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial, la apertura de Cartas de Crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado el bien, de acuerdo con el contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito. Articulo 9° Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de los giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el gobierno intendencial, a través del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello, tendrá en cuenta comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espere recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución. Finalmente, con base en lo anterior, se preparara un programa de las sumas que puedan girarse por las distintas dependencias administrativas, discriminado por el objeto del gasto. Articulo 10. La Administración Intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo del periodo fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoria Fiscal. Articulo 11. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deben cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado. Articulo 12. En los Acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: La duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de la administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Auditoria; las participaciones a los municipios y corregimientos. Articulo 13. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo este perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva y fondos expedido por la Auditoria Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato. Articulo 14. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el Intendente. Articulo 15. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios, se pagaran por mensualidades con el respectivo sueldo. Articulo 16 . Toda erogación con cargo a Gastos Varios e Imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000) moneda corriente, deberá ser autorizada por el Intendente mediante decreto motivado. Articulo 17. Cuando a un empleado público o trabajador oficial al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia, se le autorizara el pago de viáticos según la siguiente escala: De$ Hasta $ $ diarios 12.200 1.250 12.201 a 23.100 2.100 23.101 a 47.700 3.000 47.701 a 70.000 3.650 70.000 en adelante 4.250 Cuando la comisión fuere ordenada dentro del mismo territorio pero fuera del sitio habitual de trabajo y hubiere que pernotar fuera de ella, se reconocerán viáticos diarios, así: De $ Hasta $ $ diarios 12.200 800 12.201 a 23.100 1.000 23.101 a 47.700 1.500 47.701 a 70.000 1.800 70.000 en adelante 2.100
Para determinar el valor de los viáticos, se tendrá en cuenta la asignación básica mensual, los gastos de representación y la prima técnica. Articulo 18. Las comisiones de servicio se conferirán mediante decreto en el cual se expresará el término de su duración, que no podrán exceder de veinte (20) días.
Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente y los empleados en comisión de estudios, no tendrán derecho a devengar viáticos. Articulo 19. Los Consejeros Intendenciales ganaran viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo taso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante decreto previo. Articulo 20. El pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados intendenciales en comisión solo podrá efectuarse cuando exista decreto previo de la Intendencia en el cual se ordene la comisión y fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala respectiva. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso solo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte. Articulo 21. La remuneración de los empleados públicos se pagara por nómina conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles y la de los trabajadores oficiales por planilla. Esta clasificación se debe hacer al tenor del artículo 23 y siguientes del Decreto 1926 de 1975 y artículo 5° del Decreto 3135 de 1968. Articulo 22. El pago de las vacaciones en dinero solo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate del Intendente o de funcionarios de manejo, cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio. Articulo 23. Toda erogación con cargo al rubro "Gastos Especiales", que exceda la suma de un mil pesos ($ 1.000) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante decreto motivado. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($10.000) moneda corriente, deberá llevar el visto bueno del Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. Articulo 24. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se giraran su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación. Articulo 25. El Intendente a través de la Secretaria de Hacienda deberá enviar mensualmente a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, copia de la ejecución presupuestal de rentas y gastos y del decreto de acuerdo mensual de ordenación de gastos en los primeros diez (10) días del mes.
También deberán enviar a esta División, copia de los decretos de traslados presupuéstales internos. Los informes de que trata este artículo, serán indispensables para tramitar los decretos que requieren aprobación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. Articulo 26. Las adquisiciones de elementos tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia, se efectuaran conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito, debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales vigentes. Articulo 27. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Igualmente, para asociarse o contratar con otras entidades del orden nacional la construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargo de la Intendencia. Las negociaciones sobre empréstito publico se tramitaran conforme a la Ley 7 a de enero 14 de 1981. Articulo 28 , Queda absolutamente prohibido dictar decretos de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto. Articulo 29. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley. Articulo 30. Las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal, estarán coordinadas con el Jefe de la Sección de Gestión Delegada; la sede del Agente Fiscal, será la ciudad de Bogota. Articulo 31. Los gastos de cada dependencia, tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro: Primera: --Servicios personales. --Transferencias de ley (cuota patronal Caja de Previsión Social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar). --Aporte a COINCO Para Programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales). --Servicio de la deuda. Segunda: --Gastos generales. Tercera: --Demás transferencia y gastos de inversión. No podrán emitirse ni refrendarse giros, ni hacerse pagos cuando se hicieren en contravención con lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 32. Prohíbese contracreditar las partidas correspondientes a la Caja de Previsión Social y el Servicio de la Deuda. Articulo 33. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y tres (1983). Comuníquese y cúmplase. Dado en Arauca, hoy veintisiete (27) de octubre de mil novecientos ochenta y dos 11982). (Fdo.) Octavio Sarmiento Bohórquez, Presidente Consejo Intendencial. (Fdo.) Elsy Martinez Arteaga , Secretaria Consejo Intendencial. República de Colombia. Intendencia Nacional de Arauca. Despacho Intendencial. S A N C I O N A D O: Arauca, noviembre doce (12) de mil novecientos ochenta y dos (1982). (Fdo.) Eduardo Cadena Jiménez , Intendente Nacional de Arauca. (Fdo.) Jose Manuel Rico Quiroga, Secretario de Hacienda>.