Micelio

Artículo 3

El Barco A Que Se Refiere El Presente Decreta Continúa Siendo De Propiedad Nacional, Y En Consecuencia, El Ministerio De Industrias Y Trabajo Puede Tomarlo A Su Cargo En El Momento Que Lo Considere Oportuno

Decreto 527 de 1936 · Por el cual se reglamenta el servicio a que se destina el barco denominado Chocó, en la costa del Pacífico

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El barco a que se refiere el presente Decreta continúa siendo de propiedad nacional, y en consecuencia, el Ministerio de Industrias y Trabajo puede tomarlo a su cargo en el momento que lo considere oportuno. Comuníquese y publíquese. Dudo en Bogotá a 02 de marzo de 1936.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 527 de 1936