Micelio

Artículo 221

Ley 4 de 1913 · Sobre régimen político y municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Procurador General tendrá para su despacho los auxiliares que el Poder Ejecutivo crea necesarios, que no podrán exceder de los siguientes: un Oficial Mayor, dos jefes de Sección, dos Oficiales Escribientes y un Portero Escribiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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