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Artículo 7

Uso De Los Recursos De Alimentación Escolar

Decreto 185 de 2013 · por el cual se regula la cofinanciación de la Nación en las coberturas de Alimentación Escolar de las entidades territoriales productoras que destinaron regalías para dicho Programa, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 145 de la Ley 1530 de 2012.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Uso de los recursos de alimentación escolar . Los recursos de la cofinanciación para alimentación escolar de que trata el presente decreto serán destinados a financiar las siguientes actividades, de acuerdo con los lineamientos técnicos definidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

a)

Compra de alimentos;

b)

Contratación de personal para la preparación de alimentos;

c)

Transporte de alimentos;

d)

Menaje, dotación para la prestación del servicio de alimentación escolar y reposición de dotación;

e)

Aseo y combustible para la preparación de los alimentos;

f)

Contratación con terceros para la provisión del servicio de alimentación escolar.

g)

Construcción y mejoramiento de infraestructuras destinadas a la provisión del servicio de alimentación escolar.

h)

Interventoría, supervisión, monitoreo y control de la prestación del servicio de alimentación escolar.

Parágrafo 1

Los gastos previstos en los literales g) y h) estarán sujetos al sostenimiento de las coberturas en condiciones de calidad, es decir que solo será posible hacer inversiones en infraestructura, interventoría, supervisión, monitoreo y control cuando la disponibilidad de recursos lo permita, después de garantizar las coberturas.

Parágrafo 2

Los mencionados usos podrán ser modificados de acuerdo a los lineamientos técnicos que el Ministerio de Educación Nacional pueda llegar a formular, en desarrollo de las responsabilidades que el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 le confiere respecto del Programa de Alimentación Escolar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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