Para dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 41 y 43 del Decreto-ley 2016 de 1968, en los quince (15) días hábiles siguientes a los dos años de haberse decretado el ascenso a la categoría de Ministro Consejero, la Academia Diplomática le notificará al funcionario por escrito las modalidades de las pruebas orales y escritas que deberá presentar cumplidos seis meses de esta notificación. Las pruebas para el ascenso a Ministro Plenipotenciario versarán sobre una materia afín con los cargos que haya desempeñado el funcionario durante su carrera en la cancillería.
Artículo 28
Para Dar Cumplimiento A Lo Previsto En Los Artículos 41 Y 43 Del Decreto-Ley 2016 De 1968, En Los Quince (15) Días Hábiles Siguientes A Los Dos Años De Haberse Decretado El Ascenso A La Categoría De Ministro Consejero, La Academia Diplomática Le Notificará Al Funcionario Por Escrito Las Modalidades De Las Pruebas Orales Y Escritas Que Deberá Presentar Cumplidos Seis Meses De Esta Notificación
Decreto 1479 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2016 de 1968, Orgánico del Servicio Diplomático y Consular de la República.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.