Una cantidad equivalente al monto de los impuestos de que trata la presente Ley se destinará a la protección y defensa del café, mediante contrato de Gobierno con la Federación Nacional de Cafeteros.
Ley 41 de 1937 →Vigente
Artículo 4
Ley 41 de 1937 · Por la cual se aumenta el gravamen al café que se exporte, se prorroga la vigencia de un impuesto y se confieren al Presidente de la República facultades extraordinarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.