Los contribuyentes socios o accionistas de sociedades que tengan como único objeto la explotación de una industria básica o complementaria a la producción de hierro, nueva, gozan de exención, en la proporción que establezca la resolución ejecutiva respecto de los impuestos que graven las participaciones, dividendos, aportes o acciones respectivos. La rebaja del impuesto básico de renta que recae sobre dividendos, tendrá lugar respecto de los distribuidos con base en las utilidades realizadas por la compañía durante los años en que ésta hubiere gozado de exención.
Artículo 27
Los Contribuyentes Socios O Accionistas De Sociedades Que Tengan Como Único Objeto La Explotación De Una Industria Básica O Complementaria A La Producción De Hierro, Nueva, Gozan De Exención, En La Proporción Que Establezca La Resolución Ejecutiva Respecto De Los Impuestos Que Graven Las Participaciones, Dividendos, Aportes O Acciones Respectivos
Decreto 1393 de 1961 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1960, en lo relativo a incentivos tributarios para industrias básicas y complementarias a la producción de hierro
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.