Micelio

Artículo 44

Contraprestación Por Autorizaciones Temporales

Decreto 4735 de 2009 · por medio del cual se reglamenta el trámite de solicitud de concesiones para el desarrollo de actividades portuarias, previstas en la Ley 1ª de 1991 y en la Ley 1242 de 2008.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contraprestación por autorizaciones temporales. El valor de la contraprestación por las autorizaciones temporales para la realización de actividades fluviales, madereras, pesqueras o bananeras será determinado así: 44.1 La contraprestación que se tasará al beneficiario de una autorización temporal, será el valor que se encuentra contemplado en la Homologación y/o Autorización Vigente, actualizada con las inflaciones de los Estados Unidos de Norteamérica desde la fecha en que se otorgó originalmente la Homologación y/o última Autorización, hasta la fecha de expedición de la nueva autorización.

Parágrafo

Teniendo en cuenta que la inflación de los Estados Unidos de Norteamérica, se publica de manera atrasada, en el mes o los meses que no se tenga el dato oficial publicado, las entidades competentes utilizarán para tasar la contraprestación, el dato de inflación del último mes que se encuentre oficialmente publicado. 44.2 En el evento de que el solicitante fuere beneficiario de licencias, autorizaciones u homologaciones anteriores a la solicitud de autorización temporal, y en ellas no se hubiera establecido una contraprestación, esta se fijará por un valor referenciado y ponderado con base en las contraprestaciones que se hubieran establecido para concesiones, autorizaciones, licencias u homologaciones para actividades similares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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