Artículo segundo. Las características de los bonos a que se refiere el artículo anterior serán exactamente iguales a las de los Bonos de los Ferrocarriles Nacionales-1953, fijadas detalladamente en el Decreto reglamentario número 1568 de 1953, salvo la destinación de su producto.
Decreto 1941 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1941 de 1953 · Por el cual se autoriza la emisión de unos títulos de deuda pública interna
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.