La felicitación pública se otorgará por el superior jerárquico, se consignará en la orden del día y se leerá en relación general. El felicitado saldrá al frente y se colocará en lugar preferente.
Cuando la felicitación pública sea otorgada por los Comandantes de Fuerza o los superiores a estos, se consignará en la respectiva orden del día y se leerá en formación ante el personal de la unidad.
Las felicitaciones pueden ser recibidas por el personal civil vinculado al sector Defensa y todos los miembros de las Fuerzas Militares.