Micelio

Artículo 1

El Artículo 28 Del Acuerdo 004 De 1973, Emanado De La Junta Directiva Del Fondo Rotatorio Del Ministerio De Justicia, Quedara Así: Artículo 28

Decreto 2524 de 1975 · Por el cual se aprueban unas modificaciones a los estatutos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 28 del acuerdo 004 de 1973, emanado de la junta directiva del fondo rotatorio del ministerio de justicia, quedara así: Artículo 28. Las disposiciones de bienes muebles que efectúe el fondo se regirá por los siguientes requisitos: 1. si su valor fuere hasta por la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) requieren pedido de funcionario competente y se reconocerán contra factura de entrega. 2. Si su valor estuviere entre cincuenta mil uno ($ 50.001.00) requieren tres cotizaciones, pedido de funcionario competente y serán reconocidas previa constancia de recibo a satisfacción. 3. Si su valor estuviere entre cien mil uno ($ 100.001.00) y quinientos mil pesos ($ 500.000.00), requieren licitación previa, contrato escrito y concepto previo de la junta de licitaciones. 4. Si su valor fuere superior a quinientos mil pesos ($ 500.000.00), requieren licitación pública, contrato escrito y concepto previo de la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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