Micelio

Artículo 4

Principios Rectores Del Sistema

Decreto 230 de 2021 · por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional de Rendición de Cuentas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Principios rectores del Sistema . Los agentes e instancias de coordinación del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas se regirán por los siguientes principios: 1 Articulación . Las acciones, instrumentos y estrategias desarrolladas en el marco del SNRdC garantizarán la articulación de recursos, actividades y procesos, así como la coordinación eficiente con los demás sistemas administrativos del Estado vinculados con la rendición de cuentas. 2. Enfoque territorial. Las acciones, instrumentos y estrategias del SNRdC se ejecutarán reconociendo las especificidades geográficas, sociales, económicas, étnicas y culturales de los territorios, así como las capacidades institucionales diferenciadas de las entidades públicas. 3. Enfoque diferencial. Las acciones y estrategias del SNRdC se ejecutarán de manera diferenciada, reconociendo que la ciudadanía tiene características particulares en razón de su edad, etnia, condición de discapacidad, ingreso, orientación sexual e identidades de género diverso o cualquier otra condición. 4. Representatividad. En el marco de las acciones del SNRdC se propenderá porque la sociedad civil se fortalezca y organice para participar frecuentemente representando el interés general, mediante el ejercicio del derecho constitucional y legal a vigilar y controlar la gestión pública y sus resultados. 5. Empoderamiento. Las acciones y estrategias del SNRdC tendrán especial atención en el fortalecimiento del conocimiento, las capacidades y la apropiación de la ciudadanía para el ejercicio de su derecho a la participación en la gestión pública. 6. Progresividad. Las acciones y estrategias del SNRdC se implementarán de manera progresiva hacia su completa realización, en función de las capacidades y particularidades de las entidades del Estado. 7. Innovación. Los procesos de aprendizaje, creación y construcción colectiva de nuevas formas de hacer y de pensar la rendición de cuentas se desarrollarán teniendo como eje la innovación. 8. Trabajo en red. El SNRdC sumará habilidades y capacidades de actores institucionales y de sociedad civil, para el desarrollo de sinergias colaborativas y consecución de objetivos comunes que permitan fortalecer el proceso de rendición d cuentas y la gestión institucional. 9. Continuidad y permanencia: El SNRdC propenderá porque los procesos de entrega de información e interacción con la ciudadanía sean continuos y permanentes, con el fin de retroalimentar la gestión institucional y mejorar el proceso de rendición de cuentas a la ciudadanía. 10. Difusión y visibilidad: Las acciones y estrategias del SNRdC buscarán que lo ejercicios de rendición de cuentas institucionales e interinstitucionales generen entregas sistemáticas de información que permitan visibilizar la gestión pública y fomentar una participación y retroalimentación efectiva. 11. Lenguaje claro e incluyente: El SNRdC propenderá por la generación y entrega de información a la ciudadanía de forma clara, precisa, completa, confiable y afable, garantizando condiciones de igualdad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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