Micelio

Artículo 21

Subdirección De Prácticas Comerciales

Decreto 210 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Prácticas Comerciales . Son funciones de la Subdirección de Prácticas Comerciales, las siguientes

1.

Realizar las investigaciones relativas a prácticas desleales de comercio internacional y salvaguardias, conforme a las normas legales sobre la materia, y preparar los proyectos de los actos administrativos a que haya lugar.

2.

Participar en las negociaciones en las materias de su competencia, con el fin de garantizar la protección de la producción nacional y adecuadas condiciones de acceso a los mercados internacionales.

3.

Mantener información actualizada respecto de la política de competencia comercial formulada en organismos internacionales y en los distintos países o grupo de países, y de las medidas aplicadas en desarrollo de investigaciones por prácticas desleales en el comercio internacional y salvaguardias.

4.

Dar orientación a los exportadores colombianos que sean investigados en el exterior por prácticas comerciales desleales o por salvaguardias.

5.

Actuar como Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.

6.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 210 de 2003