Cesión de bienes fiscales . En los instrumentos públicos de cesión o transferencia a título gratuito de bienes fiscales inmuebles, que otorguen o expidan las entidades públicas en los términos de los artículos 58 de la Ley 9º de 1989, modificado por el artículo 95 de la Ley 388 de 1997 y en concordancia con la Ley 708 de 2001, se aplicará la tarifa única de dos mil pesos ($2.000).
Decreto 2280 de 2008 →Vigente
Artículo 15
Decreto 2280 de 2008 · por el cual se fijan los derechos por concepto de la función registral y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.